Arriba la regulació pels patinets, a nivell de Codi de la Circulació:
https://www.elperiodico.com/es/sociedad ... es-8197985
3.- Vehículos de movilidad personal
- Velocidad máxima: Se regulan los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y 'segway', cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 km/h. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.
- Áreas de circulación: No se podrá circular con ellos por las aceras y las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos.
Patinetes eléctricos en el paseo de Sant Joan de Barcelona. / ELISENDA PONS
- Normativa: Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.
Los patinetes podrán circular como mucho a 25km/h
- Fechas: Estas tres medidas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021.
- Certificado: Además, estos vehículos deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el Manual, dos años después de que éste se publique.